Alfonso Vélez Jaramillo
Estoy aterrado del presidente Abelardo De La Espriella, independiente de cualquier noción o motivación política, cuando afirma que, “…el preso que no trabaje no come”.
Advierto, no estoy defendiendo a nadie en particular y mucho menos a un delincuente, que en la mayoría de casos, por sus andanzas constituyen o son un peligro para la sociedad.
Aterrado, abrumado, compungido, y como dice el tango “pesaroso”, porque el mandatario que tiene fama de ser un penalista de primera línea, comete semejante esperpento jurídico y tantos errores a la vez.
Populismo puro, porque él presidente sabe, los congresistas saben, los ministros saben, los magistrados saben, los jueces saben, los abogados saben, su Oficina jurídica sabe, los presos saben y todo el mundo sabe que eso no se puede hacer, la gente sabe que no se puede dejar morir de hambre a nadie.
A un preso no se le puede prohibir que quiera trabajar, este propósito es de carácter discrecional, si desea trabajar, el centro penitenciario debe tratar de proporcionarle la facilidad y apoyarlo, asunto que muchas veces no se hace.
Pero tampoco puede obligarlo a que trabaje, ni obligarlo a realizar actividades laborales, porque ya sería trabajo forzado o impuesto de manera coactiva, prohibido en la mayoría de las legislaciones del mundo.
Como se hacía en la prisión de Siberia rusa zarista, un centro de trabajos forzados de represión y colonización penal de la historia mundial.
Este antecedente repetido en la Unión Soviética motivó a que los europeos reflexionaran y legislaran sobre este espinoso tema, luego de reconocer todos sus crímenes a través de los siglos, como los mayores violadores de los derechos humanos, desde antes del derecho romano.
Estos derechos, visibilizados luego de la terminación de la segunda guerra mundial obligaron a todos los países a tomar medidas y establecer tratados internacionales que impiden el trabajo forzado, como medida represiva, por considerarlo una violación a esos derechos.
Paradójico, se le respetan los derechos a quienes han violado diversos derechos humanos de personas sometidas por los violentos.
Contrario, se ponen trabas cerradas a alguien que da de baja a un criminal en documentada legítima defensa.
La del presidente De La Espriella, es una afirmación tan absurda que parece una broma, sobre todo de quien se hizo rico trabajando con los derechos del sistema penal, que básicamente compromete los derechos humanos.
Un esperpento jurídico es una ley, un fallo judicial o un acto de gobierno tan absurdo, mal hecho y grotesco que parece una burla.
La frase mezcla la idea de algo risible y feo con las normas del derecho.
Decir, “preso que no trabaje no come”, suena bonito en estos tiempos de tanta inseguridad, seguro que va a recibir muchos aplausos.
Es más, así debiera ser, pero como las normas lo prohíben, hay que respetar el debido proceso, es una afirmación absurda de un presidente y más de un experto en derecho penal.
Los tratados internacionales prohíben la esclavitud y la servidumbre, la Constitución política de Colombia, Art. 17 los prohíbe de manera expresa.
Contrario, el trabajo penitenciario está reflexionado como un derecho y una columna esencial para la resocialización.
Si el recluso desea obtener beneficios como la reducción de su pena, pero no se puede obligar a un preso a trabajar, debe ser de carácter voluntario, en uso de derecho a la resocialización.
En el derecho colombiano la única prohibición constitucional y legal es someter a una persona a trabajos forzados.
Y de manera general por los tratados internacionales de derechos humanos ratificados en cumplimiento de los principios fundamentales de la dignidad humana.
De manera señor presidente, doctor Abelardo De La Espriella, explique mejor su propuesta, usted es el presidente y así como vamos ya no vamos a tener confianza en todo lo que dice en sus discursos.