
La Sala de Casación Penal absolvió a Amín Losada Losada y a su ex tesorero José Octavio Narváez Tovar, al concluir que no existieron contratos estatales irregulares, sino un avance presupuestal autorizado para actividades culturales y recreativas.
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto la condena de ocho años y medio que el Tribunal Superior de Neiva había impuesto al exalcalde de Altamira, Amín Losada Losada, y a su entonces tesorero, José Octavio Narváez Tovar. Ambos habían sido acusados por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, tras autorizar un avance de más de tres millones de pesos para financiar la conmemoración del aniversario del municipio, el Día del Niño y unas vacaciones recreativas.
La magistrada ponente Myriam Ávila Roldán precisó que la Fiscalía no demostró la existencia de contratos estatales, pues lo único acreditado fue la Resolución 229 de 2008 que autorizaba el avance y los pagos posteriores a particulares. “La sola acreditación de pagos efectuados por un servidor público a particulares no permite inferir, por sí misma, la existencia de contratos estatales”, señaló la Corte.
Con esta decisión, el máximo tribunal confirmó la absolución dictada en primera instancia por el Juzgado de Garzón en 2020 y ordenó levantar todas las medidas cautelares contra los procesados. “La justicia cojea pero llega. Finalmente la Corte me da la razón y me entrega los argumentos necesarios para demostrar que soy un hombre honesto”, expresó Losada tras conocer el fallo.