
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 000813 del 28 de abril de 2026, que unifica en un solo marco normativo la regulación sobre la atención al final de la vida en Colombia.
Con esta medida se derogan las resoluciones 825 de 2018 y 971 de 2021, cumpliendo las órdenes de la Corte Constitucional y consolidando los desarrollos jurisprudenciales en la materia.
La nueva normativa no introduce cambios sustantivos en los criterios de acceso ni en el alcance del derecho fundamental a morir con dignidad. Su objetivo es reducir la dispersión jurídica, fortalecer la seguridad para pacientes, familias y prestadores, y precisar las reglas existentes para su aplicación en el sistema de salud.
El derecho a morir dignamente se mantiene como un concepto amplio que incluye cuidados paliativos, la adecuación de esfuerzos terapéuticos (AET) y la eutanasia, sin jerarquía entre ellos ni obligación de agotar una opción para acceder a otra. La resolución también refuerza la protección a poblaciones específicas como niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad, garantizando apoyos y ajustes razonables para la expresión de la voluntad.
Entre los aspectos clave se destacan la gratuidad del procedimiento eutanásico, la obligación de las EPS e IPS de garantizar trámites oportunos, y el fortalecimiento de mecanismos como el Documento de Voluntad Anticipada y las Directivas Anticipadas. La autonomía del paciente sigue siendo el eje central, asegurando decisiones libres, informadas e inequívocas, y consolidando un marco normativo claro y actualizado.